En el Boletín Oficial del Estado del Sábado 24 de Mayo, se ha publicado el Real Decreto de modificación del Reglamento del IRPF para establecer la deducción de 400 Euros.
Dicho Real Decreto está disponible en el siguiente enlace.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/05/24/pdfs/A24329-24334.pdf
VISITANOS TAMBIEN EN EXPANSION.COM
VISITA MI BLOG SOBRE LA REFORMA CONTABLE EN EXPANSION.COM
http://blogs.expansion.com/blogs/web/ballester.html
http://blogs.expansion.com/blogs/web/ballester.html
Suscribirte a REFORMA CONTABLE |
Consultar este grupo |
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
1 comentario:
Buenos días a todos: En relación a esta deducción ya estoy pensando en la declaración correspondiente al ejercicio 2008, a presentar en el 2009. Si esta deducción no se compensa en dicha liquidación el resultado será a pagar 400 € más, o menos devolver. El contribuyente que con un sueldo sin variaciones, sin hipoteca, ni hijos, ni ningún tipo de deducción, su resultado hasta ahora es CERO, por lo que se debería contemplar una compensación para que no se tengan que devolver estos 400 €, adelantados a partir de este mes de junio de 2008.
Muchas gracias.
Enrique. Tarragona
Publicar un comentario